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La emergencia económica expone límites del poder presidencial

Escrito por Redacción Acento | Jan 17, 2026 4:17:17 PM

El decreto para cubrir el déficit enfrenta un control constitucional acelerado y un pedido empresarial de suspensión inmediata.

 

La Corte Constitucional activó un examen acelerado y de alto calibre sobre el decreto de Emergencia Económica con el que el Gobierno busca asegurar cerca de $11 billones para el presupuesto de 2026, mientras los principales gremios empresariales solicitaron suspender de inmediato sus efectos por considerar que vulnera la separación de poderes.

El alto tribunal ordenó la práctica inmediata de pruebas técnicas y jurídicas, incluyendo la citación de una decena de exministros de Hacienda y expertos económicos, en una señal de que el control constitucional será estricto y no se limitará a validar los argumentos oficiales del Ejecutivo.

El proceso quedó formalmente en manos del magistrado sustanciador Carlos Camargo Assis, quien mediante un auto del 14 de enero de 2026 avocó el conocimiento del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 y notificó a la Casa de Nariño sobre el inicio de un escrutinio exhaustivo.

Control reforzado y sin concesiones

La Corte decidió ampliar el espectro de análisis convocando a expertos de distintas orillas ideológicas, entre ellos el exministro José Antonio Ocampo, primer jefe de la cartera de Hacienda de este mismo Gobierno, así como los exministros Juan Carlos Echeverry, Juan Camilo Restrepo y José Manuel Restrepo, entre otros.

El objetivo central es evaluar si la declaratoria de emergencia cumple los tres presupuestos exigidos por la Constitución: el fáctico, el valorativo y el de suficiencia, es decir, si existía una situación extraordinaria, imprevisible y grave que justificara acudir a poderes excepcionales.

Uno de los puntos más sensibles del auto judicial se concentra en los aspectos formales del decreto, particularmente en la validez de las firmas ministeriales. El magistrado solicitó verificar la situación administrativa de los funcionarios que refrendaron la norma, con énfasis en el encargo de la ministra de Ambiente.

Este control apunta a evitar que eventuales vicios de forma tumben el decreto antes de entrar al fondo del debate fiscal, una posibilidad real dada la jurisprudencia estricta de la Corte en materia de estados de excepción.

El calendario también juega en contra del Gobierno. La Corte otorgó apenas tres días hábiles para que la Presidencia y los ministerios justifiquen la constitucionalidad del decreto y certifiquen el cumplimiento de la obligación internacional de notificar la emergencia a la OEA y a la ONU.

El frente gremial entra en escena

En paralelo al avance judicial, el Consejo Gremial Nacional pidió formalmente a la Corte Constitucional suspender el decreto de emergencia y todos los actos que se deriven de él, mientras se surte el control de constitucionalidad de fondo.

En una carta dirigida al presidente del alto tribunal, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, los gremios argumentan que el Ejecutivo recurrió a poderes excepcionales para resolver un problema fiscal estructural y conocido, tras el fracaso de su ley de financiamiento en el Congreso.

El contexto es clave: el Presupuesto General de la Nación para 2026 fue radicado con un faltante cercano a $26 billones, que el Gobierno pretendía cubrir mediante una reforma tributaria. Tras recortes, la cifra bajó a $16,3 billones, pero el Congreso terminó hundiendo la iniciativa.

El presidente Gustavo Petro había advertido que, si el Legislativo no aprobaba la ley de financiamiento, acudiría a la emergencia económica. Esa advertencia se materializó con el Decreto 1390 de 2025, expedido durante la vacancia judicial.

Para el Consejo Gremial, ese uso de la emergencia constituye una sustitución del debate democrático, especialmente grave en materia tributaria, donde rige el principio de reserva de ley y el control político del Congreso.

Los gremios advierten que mantener vigente el decreto madre permitiría que los decretos legislativos derivados sigan produciendo efectos económicos y jurídicos, incluso si más adelante la Corte declara su inexequibilidad.

El argumento central es que la suspensión provisional no afecta el principio democrático, sino que lo protege, al impedir que el control constitucional se vuelva inocuo frente a decisiones fiscales de alto impacto.

Riesgos institucionales y económicos

En su escrito, el Consejo Gremial insiste en que el uso de poderes de excepción para resolver tensiones fiscales ordinarias puede generar inseguridad jurídica, distorsiones económicas y señales negativas para la inversión, en un contexto ya marcado por la incertidumbre regulatoria.

El documento señala que permitir atajos legislativos en materia tributaria altera el equilibrio institucional y debilita los contrapesos propios del Estado de derecho.

A este escenario se sumó una queja disciplinaria radicada ante la Procuraduría General contra los ministros del gabinete, por no atender los cuestionarios del Congreso sobre la emergencia económica.

El senador Carlos Fernando Motoa acusó al Ejecutivo de eludir el control político y calificó como falta grave la ausencia reiterada de los ministros en los debates citados por el Legislativo.

La queja fue presentada contra 19 ministros y sostiene que la omisión vulnera los deberes de colaboración y control previstos en la Constitución, añadiendo presión institucional a una emergencia que ya enfrenta un escrutinio judicial reforzado.